La Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia ha impuesto una multa de cuatro
millones de euros a rtes empresas suministradoras de rodamientos industriales
para trenes, adquiridos por Renfe, por constituir un cártel que durante años
elevó los precios y se repartió el mercado. La comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia.
En un comunicado remetido hoy, la CNMC detalla que a multado con 2.86 millones a SFK española, con 12.07 a Iberia y con 0,12 millones a NSK Europa. Sin embargo, el regulador ha decidido eximir a NSK del pago de la multa, al haber colaborado con el programa de clemencia mediante la aportación de los elementos de prueba que han facilitado la investigación.
En un comunicado remetido hoy, la CNMC detalla que a multado con 2.86 millones a SFK española, con 12.07 a Iberia y con 0,12 millones a NSK Europa. Sin embargo, el regulador ha decidido eximir a NSK del pago de la multa, al haber colaborado con el programa de clemencia mediante la aportación de los elementos de prueba que han facilitado la investigación.
Las
empresas multadas "mantenían un acuerdo para la fijación de precios y el
reparto del mercado español de rodamientos industriales que habría afectado a
las licitaciones convocadas por Renfe" en 2004, 2007 y 2011.
"El
cártel se organizó y desarrolló a través de reuniones y llamadas
telefónicas" de los directivos de las compañías "que se realizaban
coincidiendo con el anuncio de cada licitación" y en las que se acordaban
las ofertas, los precios y se repartía el mercado.
Estas
empresas acordaron incrementar sus precios entre un 14% y un 16% para la
licitación de 2007, que tenían un valor de 15 millones de euros, y entre un 25%
y un 30% en la de 2011, que tenía un valor de 11 millones, mientras que en la
de 2014 "acordaron la subida de precios y las cuotas a suministrar para
cada empresa".
Estos
hechos constituyen una infracción única y continuada contra la ley de defensa
de la competencia -fijación y subida de precios y reparto de mercado, que
equivale a cártel-, a la que se suma un "plus de gravedad" porque
este encarecimiento del coste lo soporta la Administración "y en última
instancia los ciudadanos".
Por ello,
la sanción asciende a un 15% de la facturación de estas empresas en el mercado
afectado por el expediente en el año previo a la multa
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